Requisitos para iniciar el trámite de Reclamos de Terceros
El titular del vehículo deberá presentar la siguiente documentación:
- FORMULARIO DE RECLAMO DE TERCEROS: El formulario debe estar cumplimentado debidamente en todas sus partes, incluyendo el croquis con la ubicación geográfica y trayectoria de los vehículos intervinientes y firmado por el titular del rodado (condición indispensable).
- DOCUMENTO DE IDENTIDAD: Del reclamante. En caso de Empresa, Institución, Organismos Oficiales, etc., se deberá incorporar el Estatuto o Razón Social, anexando el último Acta de Asamblea efectuada. En caso de iniciar el trámite quién se halle debidamente facultado, deberá presentar el respectivo poder habilitante, más frente y dorso del documento de identidad del apoderado.
- TITULO DE PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR O CEDULA VERDE: Frente y dorso. FORMULARIO 08: En caso de no ser Titular Registral del automotor deberá presentar dicho formulario con las firmas certificadas por escribano público y/o Registro de la Propiedad del Automotor, del comprador y vendedor (Frente y dorso).
- CERTIFICADO DE COBERTURA: Actualizado a la fecha del siniestro (con aclaración mediante sello de quíen firma y con qué cargo en la compañía). Si tiene seguro de TODO RIESGO CON FRANQUICIA deberá presentar también la evaluación de daños de su Compañía de seguros, órden de pago y recibo de indemnización. SI NO POSEE SEGURO: Deberá presentar declaración jurada de no poseer seguro al momento del choque, cerificada por escribano o Juez de Paz.
- DENUNCIA ADMINISTRATIVA: Presentada en su Compañía de seguros con sello de recepción de la misma.
- LICENCIA DEL CONDUCTOR: Que conducía el vehículo (Frente y dorso).
- PRESUPUESTO: Que comprenda la total reparación de la unidad, discriminado valor de los repuestos y mano de obra (no se aceptarán luego presupuestos adicionales).
- FOTOS DE LA UNIDAD SINIESTRADA: Donde verifique en forma clara las consecuencias del siniestro y se visualice la Patente.
- EN CASO DE LESIONES: Suministrar datos del Juzgado y Secretaría, presentar comprobantes de la totalidad de los gastos reclamados y certificados médicos de las lesiones, recetas, placas, etc.
- IMPORTANTE: El reclamo será recibido si nuestro asegurado formula la correspondiente denuncia del accidente y si el reclamante presenta la totalidad de la documentación detallada.
- MUY IMPORTANTE: Según el decreto 744/2004, los terceros reclamantes que pretendan el pago de siniestros, cuyo importe a indemnizar sea superior al CINCUENTA POR CIENTO (50%) del valor de mercado del vehículo siniestrado, deberán informarlo al Registro Seccional de la Propiedad del Automotor que correspondiere. Dicha información consistirá en la descripción de los daños sufridos y deberá ser acompañada por un juego de fotografías del automotor que no podrán ser digitales.